Este grupo abarca el cultivo de plantas no perennes, es decir, de plantas que no duran más de dos temporadas. Se incluye el cultivo de esas plantas con fines de producción de semillas.
ver clasesEste grupo comprende el cultivo de plantas perennes, es decir, plantas que duran más de dos temporadas, ya mueran y se reproduzcan después de cada temporada o se mantengan ininterrumpidamente. Se incluye el cultivo de esas plantas para la producción de semillas.
ver clasesVéase la clase 0130.
ver clasesEste grupo comprende la cría y la reproducción de animales, excepto animales acuáticos.
No se incluyen las siguientes actividades:
? servicios de apoyo a la cría de animales, como servicios de sementales; véase la clase 0162, actividades de apoyo a la ganadería
? albergue y cuidado de los animales de granja; véase la clase 0162, actividades de apoyo a la ganadería
? producción de pieles y cueros procedentes de mataderos; véase la clase 1010, elaboración y conservación de carne
ver clasesVéase la clase 0150.
ver clasesEste grupo comprende actividades vinculadas a la producción agropecuaria y actividades similares a la agricultura o la ganadería no realizadas con fines de producción (es decir, para cosechar productos agrícolas), a cambio de una retribución o por contrata. También se incluyen actividades poscosecha tendientes a preparar los productos agrícolas para su comercialización en los mercados primarios.
ver clasesVéase la clase 0170.
ver clasesVéase la clase 0210.
ver clasesVéase la clase 0220.
ver clasesVéase la clase 0230.
ver clasesVéase la clase 0240.
ver clasesEste grupo comprende la pesca propiamente dicha, es decir, las actividades de captura, extracción y recolección de organismos acuáticos (principalmente peces, crustáceos y moluscos), incluidas plantas, para el consumo humano, en aguas oceánicas, costeras e interiores, manualmente o, más a menudo, con diversos tipos de artes de pesca, como redes, sedales y nasas. Esas actividades pueden realizarse en la franja intermareal (p. ej., recolección de moluscos, como mejillones y ostras) con redes de ribera, o en aguas interiores o costeras o en alta mar desde embarcaciones artesanales o, más frecuentemente, desde embarcaciones de fabricación comercial.
A diferencia de la acuicultura (grupo 032, acuicultura), los recursos acuáticos capturados o recolectados son por lo general recursos públicos, independientemente de que se cuente o no con los derechos de explotación correspondientes. Se incluyen las actividades de pesca en aguas repobladas.
ver clasesVéase la clase 0510.
ver clasesEste grupo comprende la acuicultura, es decir, el proceso de producción consistente en la cría o el cultivo (incluida la recolección) de organismos acuáticos (peces, moluscos, crustáceos, plantas, cocodrilos, caimanes y anfibios) utilizando técnicas destinadas a incrementar la producción de los organismos en cuestión por encima de la capacidad natural del entorno (p. ej., repoblación regular, alimentación y protección contra predadores).
Véase la clase 0520.
ver clasesLa acuicultura entraña la cría o cultivo de esos organismos en condiciones de cautividad hasta su estado juvenil o adulto, así como la propiedad particular, empresarial o estatal de esos organismos durante todas las fases de cría o cultivo, incluida la recolección.
Véase la clase 0610.
ver clasesVéase la clase 0620.
ver clasesVéase la clase 0710.
ver clasesEste grupo comprende la extracción de minerales metalíferos no ferrosos.
ver clasesVéase la clase 0810.
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